El Ayuntamiento de Andújar dispone dos nuevos programas de ayudas para incentivar el empleo

El alcalde de Andújar, Paco Huertas, ha anunciado la puesta en marcha de dos nuevas líneas de ayudas municipales para incentivar el empleo en la localidad. Se trata del Programa de Inserción Laboral a mujeres víctimas de violencia de género y de la convocatoria de ayudas destinadas al sector comercial y hostelería.

El alcalde ha explicado ambas iniciativas en la sede  de la Cámara de Comercio de Andújar en un acto en el que han participado el presidente de esta institución, Eduardo Criado, la gerente de la Cámara, Ana Peña, y la concejala de Bienestar Social, Josefa Jurado.

En este sentido, Paco Huertas, ha subrayado que “estas medidas vienen a complementar otras que ya se han puesto en marcha como el Programa Local de Empleo, que ha dado respuesta a las necesidades de contratación de 120 personas. Además, el conocido como Plan de Inclusión Social dará la posibilidad de trabajar durante 3 meses a otras 140 personas, en dos convocatorias. Y a ello hay que sumar las bolsas municipales de empleo, que han llegado a 270 personas, en este año, y las 31 becas de formación de la concejalía de Juventud”

El alcalde de Andújar ha destacado también la colaboración constante que el Ayuntamiento mantiene con distintos proyectos empresariales, que ya se han instalado en la ciudad. En este sentido, ha anunciado que “dentro de poco tiempo se hará oficial el anuncio de la ubicación de una nueva empresa en las instalaciones de la antigua Prainsa y que supondrá la contratación, cómo mínimo, de cerca de 50 personas”.

El presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Andújar, Eduardo criado, resaltó la inquietud del Gobierno Municipal por aminorar el problema del paro en el municipio y mostró la plena colaboración del ente cameral para el desarrollo de estas ayudas.

Ayudas destinadas al comercio y hostelería

La convocatoria de las ayudas destinadas al sector comercial y la hostelería cuentan con una cuantía de 65.000 euros. Esta medida pretende fomentar la creación y mantenimiento de empleo derivado de la implantación, reforma o modernización de pequeñas empresas de Andújar.  

Se trata de ayudas económicas (subvenciones a fondo perdido), en régimen de concurrencia competitiva. Dirigidas a fomentar la creación y mantenimiento de empleo derivado de la implantación, reforma y/o modernización de pequeñas empresas, ubicadas en el término municipal de Andújar.

 ¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Comercio minorista, Hostelería, Servicios personales.

Con carácter excepcional, podrán participar las empresas ya constituidas, ubicadas en el término municipal de Andújar que hayan sufrido catástrofe y se comprometan al mantenimiento de todos los puestos de trabajo que en el momento del siniestro existían o al aumento de los mismos.  

Respecto al primer programa, cuenta con un presupuesto de 20.000 euros para subvencionar a empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado que propicien la contratación a mujeres víctimas de violencia de género. En palabras del alcalde “el objetivo de esta medida es dar una oportunidad laboral a las mujeres que sufren la lacra de la violencia de género”.

 ¿Qué se subvenciona?

El mantenimiento y creación de empleo vinculado a proyectos de inversión realizados en el local en el que se desarrolle la actividad objeto de subvención entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2016.

¿Qué se considera inversión?

- Obras de reforma del local comercial: todas aquellas obras relacionadas con la adecuación, renovación o ampliación del local comercial.

- Equipamiento del local comercial: inversiones en los siguientes elementos de activo fijo nuevo:

                - Maquinaria directamente relacionada con la actividad principal.

                - Mobiliario comercial.

                - Equipos informáticos y software informático de gestión.

                - Equipos de seguridad no adheridos a producto.

¿ Que NO será objeto de subvención?

- Los costes de transporte, los seguros, las tasas por autorizaciones administrativas, licencias o similares, ni el pago de ningún impuesto o tributo.

- La compra de elementos de transporte, televisiones o terminales telefónicos.

- Inversiones en terrazas y/o veladores, equipos de climatización del local, rótulos, toldos ni persianas.

- La compra del local, ni los derechos de traspaso y las rentas de alquiler.

- Los gastos de mantenimiento o de reparación o sustitución de piezas.

- Los gastos en material de oficina, utillaje, vajillas, cuberterías o similares.

- Las inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero o similar.

- La adquisición de cualquier activo o material cuyo importe neto unitario sea inferior a 50 euros.

- La adquisición de cualquier otro activo no incluido expresamente como subvencionable en la relación de “equipamiento del local comercial”.

¿Qué cuantía se puede subvencionar?

Las empresas que obtengan la máxima puntuación podrán acceder a las siguientes líneas de ayudas:

-1.000 euros por cada empleo estable mantenido hasta un límite de 3.000 euros.

-2.000 euros por cada empleo estable incrementado respecto a la plantilla media de la empresa del ejercicio 2015 hasta un límite de 6.000 euros.

En ningún caso el importe de la subvención concedida podrá superar el 50% de la inversión realizada vinculada a la creación y mantenimiento de empleo ni la cantidad de 6.000,00 €.

Plazo de solicitud

Las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria se abrirá al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 15 de noviembre de 2016. 

Base reguladora de Ayudas 

Solicitud de Ayudas 
 

Ayudas para la contratación de mujeres victimas de violencia de género

Cuenta con un presupuesto de 20.000 euros para subvencionar a empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado que propicien la contratación a mujeres víctimas de violencia de género. 

Con el establecimiento de estas ayudas se persigue que las empresas y entidades empleadoras creen nuevas oportunidades para mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo al fomento de la igualdad de oportunidades para este colectivo especialmente vulnerable. 

 ¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán acogerse a estas ayudas las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, autónomos y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado sin participación pública, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo. En ningún caso podrán acogerse a las ayudas previstas en este Acuerdo, los entes, organismos y entidades que formen parte del sector público, en los términos establecidos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas. 

 ¿Qué se subvenciona?

a) Ayudas a la contratación indefinida por cada trabajadora contratada: 4.500 euros. 
b) Ayudas a la contratación temporal: 
- Contratos desde 3 meses hasta menos de 6 meses: 1.000 euros. 
- Contratos desde 6 meses hasta menos de 12 meses: 2.000 euros. 
- Contratos de 12 meses hasta menos de 24 meses: 3.000 euros.

 Requisitos

Los beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente Acuerdo deberán reunir los siguientes: Número 211 Viernes, 04 de Noviembre de 2016 Pág. 13921 Requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
c) Un centro de trabajo del beneficiario de la subvención deberá estar radicado en Andújar.
d) No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas empresas o entidades que estén incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y aquellas que no hayan cumplido con sus obligaciones de reintegro de subvenciones

 Condiciones

a) Mantenimiento de la contratación subvencionada y del alta en Seguridad Social. En la modalidad de la contratación indefinida se exige como condición el mantenimiento de ésta durante un periodo mínimo de 24 meses. En la modalidad de contratación temporal se exige como condición el mantenimiento de ésta durante el período subvencionado. 

b) Mantener la jornada de trabajo de la persona contratada por la que se concedió la subvención.

c) Comunicar las variaciones que se produzcan con relación a las contrataciones efectuadas, incluido el cambio de forma jurídica o de titularidad de la entidad beneficiaria de la subvención, en el plazo de un mes, desde fecha en que tengan lugar, aportando la documentación acreditativa que se requiera en cada caso.

d) Asumir la publicidad que el Ayuntamiento de Andújar conceda a las subvenciones y ayudas percibidas, en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Plazo de solicitud

Las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria se abren al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 24 de noviembre de 2016. 

Publicación BOP Bases de las Ayudas

Solicitud de Ayudas 
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