Pyme Innova
CONVOCATORIA PROGRAMA PYME INNOVA 2025 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA INNOVACIÓN, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA DEMARCACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE ANDÚJAR
Concesión de ayudas para desarrollar Planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del Programa Pyme Innova, subvencionados en un 85% a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 (POPE).Beneficiarias: Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Andújar (Alcalá la Real, Alcaudete, Andújar, Arjona, Arjonilla, Bélmez de la Moraleda, Cabra del Santo Cristo, Cambil, Campillo de Arenas, Cárcheles, Castillo de Locubín, Cazalilla, Escañuela, Espelúy, Frailes, Fuensanta de Martos, Fuerte del Rey, La Guardia de Jaén, Higuera de Calatrava, Huelma, Jaén, Jamilena, Lahiguera, Lopera, Mancha Real, Marmolejo, Martos, Noalejo, Pegalajar, Porcuna, Santiago de Calatrava, Torredelcampo, Torredonjimeno, Torres, Valdepeñas de Jaén, Villanueva de la Reina, Villardompardo y Los Villares), que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE antes del 1 de enero de 2023.
OBJETIVO
El Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales.
ACTUACIONES
✓ Fase I: Asesoramiento a la PYME – Diagnóstico Asistido en Innovación En esta fase se le realiza un diagnóstico asistido en materia de innovación a la empresa, que permite conocer el nivel de competitividad de la empresa, en su entorno económico y de mercado.
El Programa cuenta con una metodología propia de Diagnóstico, que se apoya en una herramienta informática. Para la ejecución de esta fase, Pyme Innova cuenta con una red de tutores de innovación especializados y formados en la metodología del Programa. Esta fase es prefinanciada y cofinanciada por las Cámaras de Comercio. El diagnóstico es totalmente gratuito para la empresa.
✓ Fase II: Implantación de Soluciones Innovadoras Una vez finalizada la fase anterior, comienza la ejecución del Plan de Implantación, en la que se apoyará económicamente a las PYMES en la incorporación de soluciones y métodos de gestión de la innovación derivados de las recomendaciones efectuadas en el diagnóstico.
Durante esta fase, proveedores externos a las Cámaras realizan la implantación de las soluciones establecidas en el Diagnóstico. Esta segunda fase prevé también actuaciones de seguimiento y acompañamiento por parte de las entidades camerales (se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME para facilitar la apropiación y aprovechamiento de lo implantado). El personal cameral realizará tareas tanto de ejecución como de coordinación de las actuaciones. Este seguimiento no tiene coste para la empresa. El plazo máximo para el desarrollo de la Fase II es de 6 meses.
AYUDAS A LA INNOVACIÓN
El presupuesto disponible en esta convocatoria para la Fase de implantación de soluciones innovadoras es de 74.900,00, por lo que la cuantía total de las AYUDAS ECONÓMICAS a PYMES es de 63.665,00 euros, con lo que se prevé una participación estimada de 10 empresas.
El presupuesto máximo elegible por empresa para esta fase de ayudas es de 7.000 € de coste directo (IVA no incluido), si bien no se excluye que se puedan abordar implantaciones de mayor cuantía. Adicionalmente, se financiarán los costes indirectos de las empresas, a tipo fijo, aplicando el porcentaje del 7% de los costes directos subvencionables, según art. 54 letra a) del Reglamento (UE) 2021/1060. Por tanto, el coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.490,00 € por empresa (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados), que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria.
El porcentaje máximo de ayuda a percibir por cada empresa será del 85% sobre el coste elegible indicado, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 6.366,50 €, siempre y cuando se justifique dicha inversión en los términos y plazos establecidos.
REQUISITOS
- Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2023.
- Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Andújar, de conformidad con los datos recogidos en el censo.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
- Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión. Se debe tener en cuenta la definición de “única empresa” recogida en el art. 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023, según la cual, las empresas vinculadas se consideran una misma empresa a efectos de la aplicación de la norma de minimis.
- Podrán optar directamente a la Fase II de Implantación de Soluciones Innovadoras aquellas Pymes que: a) hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I de la convocatoria del programa Pyme Innova en la anualidad anterior, o b) acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento en la incorporación de la innovación en las PYME, de organismos de promoción de la innovación de las Comunidades Autónomas., de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la presente convocatoria.
EXCLUSIONES
- No podrán participar en la Fase I de asesoramiento a través del Diagnóstico Asistido en innovación aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la anualidad anterior.
- No podrán ser beneficiarias de la Fase II de implantación de soluciones innovadoras las empresas que hubieran resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del Programa en el período de programación FEDER 2021-2027, es decir, con posterioridad al 31/12/2023.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
los interesados, sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/andujar, en los términos previstos en la presente convocatoria.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Andújar (https://sede.camara.es/sede/andujar/tramites/TR0000005262), a partir de las 9:00 horas del día 26 de junio hasta las 14:00 horas del 2 de julio de 2025.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, CRITERIOS DE SELECCIÓN Y RESOLUCIÓN
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Cámara elaborará y publicará los siguientes listados:
(I) Un listado provisional de solicitudes admitidas a sorteo. A los efectos de elaboración del citado listado, se eliminarán todas las solicitudes duplicadas, de manera que a cada interesado -persona jurídica o persona física- le corresponda una única solicitud.
(II) un listado provisional de solicitudes no admitidas a sorteo, con indicación de la causa. Estos listados provisionales se expondrán en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/andujar y en la Página Web de la Cámara de Andújar (https://www.camaraandujar.com/innovacion/pyme-innova) al día siguiente después del cierre del plazo de presentación de solicitudes.
Los solicitantes podrán presentar alegaciones durante un plazo de 5 días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que tenga lugar la exposición de los citados listados, mediante escrito presentado a través de la Sede electrónica de la Cámara (https://sede.camara.es/sede/andujar) en el apartado “Otra Documentación” de su solicitud. MOB 2024 #EuropaSeSiente 11 de 20 9.2 Listados definitivos de solicitudes admitidas y no admitidas al sorteo Una vez resueltas las posibles alegaciones, se hará pública, en los mismos medios indicados anteriormente, la lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas a sorteo. 9.3
Celebración del sorteo
La fecha, hora y lugar de celebración del sorteo celebrado ante Notario se publicará en la página Web de la Cámara (https://www.camaraandujar.com/innovacion/pyme-innova) y en la Sede electrónica (https://sede.camara.es/sede/andujar) con una antelación mínima de 3 días hábiles a su celebración.
El citado sorteo determinará el orden de prelación entre las solicitudes a los efectos de proceder, siguiendo el citado orden, a: (I) analizar las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes y (II) conceder las ayudas a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
En el acto de celebración del sorteo se extraerán, de forma aleatoria, tantos números como número de solicitudes haya en la lista definitiva de admitidos al sorteo. El orden en el que hayan sido extraídos dichos números determinara el orden de prelación entre las citadas solicitudes. En la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara se publicará la relación de solicitudes según el orden de prelación que haya resultado del citado sorteo.
Listado de solicitudes recibidas y admitidas provisionalmente a sorteo
CELEBRACIÓN SORTEO ANTE NOTARIO
- Fecha: 11/7/2025
- Lugar: Notaría de Andújar. C/ Ollerías, 45. 1º planta. 23.740 Andújar (Jaén)
- Hora: 11:30 horas
PROCEDIMIENTO DEL SORTEO:
- Las solicitudes admitidas tendrán asignado un número que es el que figura en los listados publicados.
- En el acto de celebración del sorteo se irán extrayendo, de forma aleatoria, tantos números, como número de solicitudes haya en la lista definitiva de admitidos al sorteo.
- El orden en el que hayan sido extraídos dichos números determinará el orden de prelación entre las citadas solicitudes para su posterior valoración.
DOCUMENTACIÓN
Convocatoria Pymne Innova 2025
Anexo II Declaraciones Responsables
Anexo III Convenio DECA-Empresa
Anexo IV Anexo al convenio DECA Plazo de Ejecución y condiciones de elegibilidad
Anexo V Tipología y Justificación de Gastos Elegibles