Abierta la inscripción de los establecimientos comerciales en el Programa Bono Comercio

  • Por segundo año se trata de una iniciativa promovida por el Ayuntamiento de Andújar con la colaboración de la Cámara de Comercio

15 de julio de 2022. Los establecimientos comerciales de Andújar interesados en participar en el Programa Bono Comercio ya pueden inscribirse en esta campaña. Se trata de una iniciativa, promovida por el Ayuntamiento de Andújar a través de las áreas de Comercio y Dirección Estratégica que cuenta con la colaboración de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Andújar.

El ente cameral es el encargado de la campaña de comunicación al sector comercial así como de distribuir los documentos necesarios a los establecimientos interesados y recepcionar las solicitudes que serán tramitadas por la institución local.

Solo aquellos establecimientos comerciales adheridos participarán en la Campaña Bono Comercio que a partir del 12 de septiembre durante 10 semanas sorteará 100 bonos de 25 euros de entre las compras o prestaciones de servicio efectuadas la semana anterior para la adquisición de bienes o servicios.

El Programa de Bono Comercio tiene por objeto la concesión de ayudas destinadas a microempresas, tanto del sector del comercio minorista como del sector de servicios de la ciudad de Andújar estimulando el consumo en los establecimientos beneficiarios pretendiendo paliar las consecuencias negativas sobre este sector de la situación ocasionada por la crisis de la Covid-19.

Los comercios interesados deberán acudir antes del 31 de agosto, inclusive, a la Cámara de Comercio Industria y Servicios de Andújar para consultar los epígrafes admitidos en el programa Bono Comercio así como rellenar los documentos necesarios para la inscripción.

  • Oficina Comercial Cámara de Comercio en Plaza Rivas Sabater

Horario de 08:00 a 15:00 horas. 953 511 997. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Responsable Comercio Interior: Ángel Luís Calzado. Whatsapp:671516725.

  • Cámara de Comercio, industria y Servicios de Andújar. Mariana Pineda, 34

Horario de 08:00 a 15:00 horas. 953 500 890.

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Técnico: Beatriz Jiménez. Whatsapp: 626 010 303.

Se podrá acoger a este programa de Bono-Comercio, los comercios y empresas de servicios que estén incluidos en alguna de las siguientes agrupaciones, grupos o epígrafes:

Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, realizado en establecimientos permanentes.

Se exceptúan:

  • Grupo 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador
  • Epígrafe 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, a través de máquinas expendedoras.

 

Agrupación 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios, realizado en establecimientos permanentes.

Se exceptúan: 

  • Epígrafe 652.1: farmacias.
  • Epígrafe 654.1: comercio menor de vehículos terrestres.
  • Epígrafe 654.3: comercio menor de vehículos aéreos
  • Epígrafe 654.4: comercio menor de vehículos fluviales y marítimos
  • Grupo 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.

 

Epígrafe 662.2: comercio al por menor de toda clase de artículos.

Grupo 691: reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.

Epígrafe 755.2: servicio al público agencias de viaje.

Grupo 931: enseñanza reglada.

Grupo 932: enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior.

Epígrafe 933.1: enseñanza conducción vehículos.

Epígrafe 933.9: otras actividades de enseñanza.

Grupo 971: lavanderías y tintorerías.

Grupo 972: peluquerías y salones de belleza.

Epígrafe 973.1: servicios fotográficos.

Epígrafe 973.3: servicios copias documentos maquinaria fotocopia.

Grupo 975: servicios de enmarcación.

Con carácter general y para los epígrafes que se pudieran ver afectados por la actividad económica que se desarrollan contemplados en este anexo, no se subvencionarán las bebidas alcohólicas.

 

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